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¿SARLAFT o Medidas Simplificadas?
Evalúe el régimen de prevención LA/FT/FP que corresponde a su organización ante la Superintendencia de Transporte. Cada resultado explica la regla aplicada y sus fuentes.
01 · Confirme el ámbito
El sector o un código CIIU aislado no prueba por sí solo la supervisión. Revise habilitación, registro, actividad y actos aplicables. El artículo 4.1.1 incluye personas naturales, jurídicas y otras formas de asociación; no excluya una entidad solo por su forma jurídica.
Consultar los sujetos del artículo 4.1.1
Comprende actividades de transporte público, tránsito, puertos, infraestructura y servicios conexos. Incluye, entre otros, transporte terrestre en diversos radios y modalidades; OTM y cable; CEA, CRC, CDA y CIA; sociedades y operadores portuarios; transporte fluvial, marítimo y aéreo; concesionarios, terminales, sistemas de transporte y asociaciones para estas actividades. La enumeración no es cerrada.
Artículo 4.1.1, numerales 1.1–1.4 →02 · Ingresos al cierre de 2025
Evaluación de la vigencia 2026, con corte financiero al 31 de diciembre de 2025.
Ingrese todos los ingresos reconocidos en el estado de resultados: ordinarios, otros ingresos, ganancias e ingresos financieros. No use utilidad neta ni solo ingresos de transporte. Se admite punto o coma decimal, sin separadores de miles. Un campo vacío no equivale a cero.
Permite señalar un posible cambio de régimen. No acredita el cumplimiento del régimen anterior.
Fuentes oficiales y alcance
- Resolución 2328 de 2025: base del Capítulo 6 del Título V. Debe leerse con sus modificaciones.
- Resolución 16615 de 2025: modificación intermedia. El ámbito y plazos se revisan con la Resolución 4607.
- Resolución 4607 de 2026: arts. 1 y 2 (definiciones y umbral SARLAFT), 6 (plazos SARLAFT), 7 (RMS y plazos) y 8 (transición).
- Título IV, artículo 4.1.1: universo de supervisados, numerales 1.1–1.4.
- Circular Externa 20265330000054, 6 de mayo de 2026: supervisión y verificación del régimen, numeral 5.2.3.
- Circular Externa 20265330000164, 7 de octubre de 2026: actualiza los numerales 5.3.1.3 y 5.3.2.2; primer reporte a más tardar el 10/04/2027. Deroga la Circular 20265330000134 de agosto; no aplaza la implementación.
- Calculadora oficial: conversión de ingresos 2025 con UVB de $11.552. Su orientación no corrige por sí sola el tenor literal de una resolución.
Herramienta independiente de Joany Guerrero. No es un aplicativo oficial de Supertransporte. La versión está cerrada a la vigencia 2026: revise nuevas disposiciones antes de usarla en otro período.
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